En este trabajo colectivo se analiza la necesidad y el alcance de un principio de neutralidad en el constitucionalismo, es decir, los ámbitos en los que se impide adoptar decisiones o realizar actividad que favorezca determinadas y concretas posiciones ideológicas u opciones políticas, es decir, actividad de tendencia en ámbitos regidos por la idea de interés general o público. La mayoría de las Constituciones se limitan a reconocer el principio de neutralidad como un principio de carácter implícito, por lo que se hace necesario determinar cuáles son las ideas o los principios constitucionales que permiten derivar e integrar su contenido prescriptivo.La crisis de la democracia y el uso partidista de las instituciones implica que sean necesarios límites a movimientos y fuerzas políticas que proyectan una visión ideológica hegemónica en la sociedad. Las respuestas constitucionales y desde la Unión Europea y la defensa de sus valores no constituyen tan solo un parámetro que hay que respetar para formar parte de los Tratados y permanecer en la Unión, sino que son también la esencia misma del principio de neutralidad.